miércoles, 8 de febrero de 2023

LAS LEYES DEL AMOR, SUS REGLAS Y LAS RESOLUCIONES JUDICIALES DE LAS DAMAS DEL GRIAL


Seguimos descubriendo el periodo medieval, y más concretamente el movimiento trovadoresco que se dió en las llamadas Cortes de Amor con Leonor de Aquitania, reina de trovadores y trobairitz. 

Un movimiento que, con una gracia inusual, rescató para nuestra época los valores de una cultura que estaba en plena decadencia para imbricarlos en la cultura emergente de un nuevo ciclo.

A los autores ya nombrados, como René Guénon (Esoterismo Cristiano) o Joseph Campbell (La Historia del Grial), queremos añadir ahora a Julius Evola (El simbolismo del Grial) pues cada unos de ellos aportan datos suficientes para que podamos reconstruir todo lo que ese movimiento de las Cortes de Amor significó y significa para todos aquellos que entienden esos valores como un patrimonio del que son legatarios, pues hay herencias que no se reclaman por desconocerse que son bienes que en verdad les pertenecen. 

Las Cortes de Amor de las trobairitz tuvieron sus tribunales, sus reglamentos y sus deberes. Para las Órdenes de Caballería, donde estos tribunales estaban insertados, y para aquellos que son recipiendarios de los valores iniciáticos de una Tradición, no hay otra cosa que deberes, nunca derechos, los derechos nacen en las sociedades que se infantilizan y hacen caso omiso a sus responsabilidades (véase el caso de los landmarks o antiguos deberes de la Masonería, recipiendaria de los valores de la Caballería espiritual).

El tema actual es el libro de André el Capellán (Libro del Amor Cortés) donde este autor medieval recoge el reglamento en el que se basaron los tribunales que dirigieron Leonor de Aquitania y las damas del Grial para ordenar su tiempo, todo ello en base a las normas dictadas por Amor.

En él se dice que son treinta y una las reglas que de viva voz fueron prescritas por el mismo rey Amor, y puestas por escrito con el mandato de que fueran entregadas a todos los amantes.

Dichas reglas, inscritas en el ciclo del Grial, y recogidas, según llevamos dicho, en el siglo XII por André el Capellán en el ámbito de la Corte de Aquitania, se custodiaban en el palacio del Rey Arturo en una percha de oro, junto a un halcón, hasta que un día fueron conquistadas por un joven caballero bretón cuyo afán era hacerse merecedor del amor de una hermosa doncella de la que se había enamorado. Fue otra bella dama, a la que casualmente encontró cabalgando en el bosque, la que dio al bretón los consejos y las claves para vencer los grandes y peligrosos obstáculos con los que se habría de encontrar en el camino hasta culminar exitosamente su aventura heroica. Conseguir el halcón y el manuscrito con dichas reglas.

Los consejos de la dama misteriosa, los cumplió el bretón a rajatabla, y de ahí que pronto se le viera de regreso con el halcón y el manuscrito encontrándose nuevamente con la enigmática dama del bosque de la que recibió un primer beso que repitió treinta veces. Tras la despedida el joven reemprendió su camino hacia Bretaña, donde estudió dichas reglas tras lo cual hizo entrega del halcón y el manuscrito a su amada para que fuera ella quien tomara el deber de entregarlas a los amantes.


“Ella, reconociendo su plena fidelidad y dándose cuenta de su arrojo y valentía, premió sus hazañas entregándole su amor. La dama, cumpliendo con el deber adquirido hizo públicas dichas reglas del Amor ante una asamblea de numerosas damas y caballeros mandando a todos los amantes su fiel cumplimiento por orden terminante del rey Amor. Toda la asamblea las aceptó y prometió obedecerlas para no caer en el castigo de Amor. Asimismo, todos los que estuvieron convocados en dicha asamblea, se llevaron las reglas escritas y las difundieron por diversas partes del mundo a todos los amantes”.

Estas treinta y una reglas que el dios del Amor dictó están, como es natural,  acomodadas a una época, pero en lo esencial siguen siendo actuales y algunas de ellas incluso las podemos considerar más avanzadas, por ejemplo las que tratan el tema del matrimonio, del compromiso, de los celos, de las causas que hacen que crezca o disminuye el amor, de la edad a partir de la cual se está en condiciones de amar, de que a nada sabe el amor cuando el amante lo consigue contra la voluntad de la pareja, de que nadie puede amar si no es incitado por el amor, de que el verdadero amante no quiere más abrazos que los de la persona que ama, de que el amor no puede negar nada al amor, de que nada impide que dos hombres amen a una mujer, ni que dos mujeres amen a un hombre…

De acuerdo a estas leyes, Leonor de Aquitania, su hija María y el resto de damas de su corte, crearon un reglamento y unos tribunales llamados de Amor, donde aplicarlo para dar a las personas que se sometían a sus juicios, un veredicto que solventara sus conflictos cuando los propios litigantes no eran capaces de hacerlo razón por la que pedían tal arbitrio.


André el Capellán recoge veintiuno de esos juicios, en cinco de ellos la sentencia es emitida por María de Champaña; tres son sentenciados por su madre, Leonor de Aquitania; tres más por Alix de Champaña, cinco por la vizcondesa Ermengarda; dos más por la condesa de Flandes, Elizabeth de Vermandot de Narbona y uno por la asamblea de Gascuña.

Sin embargo, no debemos pensar que por ser tribunales femeninos estos se decantaban a favor de las mujeres, sino que buscaban en todo momento un veredicto ajustado a las reglas y se sancionaba por igual a quien las hubiera incumplido, teniendo gran peso el cómo se habían roto dichas reglas y cual debía ser la justa y proporcionada sanción a tal deslealtad.

Como decíamos, los Tribunales de Amor existieron desde el siglo XII al XIV en la Provenza y también en otros lugares, eran escenarios creados expresamente para actuar de mediadores en conflictos y disputas entre hombres y mujeres, siendo ellos mismos quienes elegían este modo de dirimir sus diferencias, comprometiéndose ambos a acatar su veredicto.



Por nuestra parte, y a modo de ejemplo, reproducimos tres de esos juicios y su sentencia:

PRIMER JUICIO, ACTÚA COMO JUEZA MARÍA DE CHAMPAÑA

El dictamen lo reclama cierto caballero, oficial de palacio, quien expone ante el tribunal que amaba sin medida a su dama y disfrutaba de sus abrazos, ella sin embargo no le amaba del mismo modo. Ante esa situación él quiso romper la relación, pero ella temiendo perderlo se opone a su voluntad.

El veredicto de María es el siguiente:

“Ciertamente es perversa la intención de una mujer que exige ser amada, pero se niega a amar. No tiene sentido exigir a los demás sin consideración algo que uno niega”.

 


SEGUNDO JUICIO, ACTÚAN COMO JUECES UNA ASAMBLEA DE DAMAS

El caso que exige una resolución es el siguiente: Un caballero divulgó torpemente las intimidades y secretos de su amor con cierta dama. Todo el tribunal, militantes del ejército del amor, piden que se castigue severísimamente semejante exceso, pues temen que el ejemplo de tal traición sea motivo para que otros lo sigan. En consecuencia, la asamblea de damas, reunidas en Gascuña, tomó por unanimidad la firme y definitiva resolución siguiente:

Que ese hombre perdiera toda esperanza de amor y llevara en todas las cortes, tanto de damas como de caballeros, el estigma de persona censurable y despreciable. Y si una mujer violara temerariamente las resoluciones de estas damas, entregándole su amor, quedaría sometida para siempre a la misma pena y, por tanto, sería tenida por una mujer deshonesta.

 

TERCER JUICIO, ACTÚA COMO JUEZA LA REINA LEONOR DE AQUITANIA

Un caballero solicitó el amor de una dama, que esta se negó rotundamente a concederle. El caballero, no obstante, le envió unos regalos muy valiosos que ella aceptó complaciente. Después, sin embargo, se mostró esquiva en el amor y su respuesta fue rechazarle de nuevo. El caballero manifestó ante el tribunal sus quejas, creyendo que el aceptar los regalos era expresión del amor, una esperanza que ahora le negaba sin motivo.

La reina Leonor respondió así:

“O la dama rechaza los regalos ofrecidos, o los compensa con el favor del amor, si no tendrá que soportar pacientemente que se la incluya en la compañía de las prostitutas”.

Texto: Mª Ángeles Díaz

CAPÍTULOS ANTERIORES 

*LAS DAMAS DEL GRIAL

*LA CABALLERÍA ESPIRITUAL Y LAS CORTES DE AMOR 

*Vídeo:


Imágenes: Codex Manesse

John Collier




2 comentarios:

Anónimo dijo...

Gracias, hermoso , me siento afortunada, por decir lo menos, de contar con ustedes, quienes me permiten acceder a todo este maravilloso conocimiento, gracias

Mª Ángeles Díaz dijo...

muchas gracias por tan amable comentario. Mucho me gustaría conocer su nombre para diigirme personalmente a usted. Un saludo muy cordial.